TEMA:
RETENCION EN LA FUENTE
LOGRO: RECONOCE LA LEGISLACION VIGENTE SOBRE
LA RETENCION EN LA FUENTE
INIDCADOR DE LOGRO
·
Clasifica los casos en que se aplica la
retención en la fuente
·
Elabora asientos contables con el
impuesto a la retención en la fuente
·
Diferencia entre agente retenedor y
retenido
RETENCION EN LA FUENTE
Es
un recaudo anticipado de los impuestos de renta y complementarios, por el cual
una persona (retenedor- el valor se acredita) deduce a otra (retenido- el valor
se debita) un porcentaje determinado del valor por pagar al con tado
o crédito, en compras o servicios para luego consignarlo a nombre de la
Administración de Impuesto Nacionales al igual que el IVA.
Agentes retenedores: son las personas naturales,
jurídicas y las sociedades de hecho,
quienes están obligados a efectuar retención por diversos conceptos.
Retenido: es la persona a quien se le práctica la retención.
CONTABILIZACIÓN DE LA RETEFUENTE
Para
contabilizar la Retefuente se utilizan dos tipos de cuentas:
1.
Cuando la empresa retiene, agente retenedor, afecta una cuenta del Pasivo,
denominada Retención en la fuente. ejemplo: compra mercancías al contado por
$900.000; IVA 16%, Retefuente 3%
Retenedor :
Detalle
|
Debe
|
Haber
|
6205 COMPRA
DE MERCANCÍAS
240801 IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS POR PAGAR
1110 BANCOS
240802 RETENCION EN LA FUENTE
|
900.000
144.444
|
1´017.000
27.000
|
2. Cuando a la empresa le retienen, afecta una
cuenta de Activo, denominada Anticipo de Impuestos y contribuciones o saldos a favor (Retención en la fuente)
ejemplo: vende mercancías al contado por
$900.000; IVA 16%, Retefuente 3%
Retenido :
Detalle
|
Debe
|
Haber
|
1105 CAJA
1355 ANTICIPO
DE IMPUESTOS (retefuente)
4135 COMERCIO AL POR MAYOR Y MENOR
240801 IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS POR PAGAR
|
1´017.000
27.000
|
900.000
144.444
|
En
el ejemplo anterior la retefuente se obtiene hallando el porcentaje
correspondiente sobre el valor de la mercancía antes del IVA, el valor
resultante se resta al valor total de la mercancía + IVA.
APLICACIÓN DE LA RETENCIÓN EN LA FUENTE
1.
Salarios e ingresos laborales gravables: el descuento
se realiza sobre el 70% del pago laboral. (ver tabla de porcentajes)
SALARIO
X 70% = VALOR SOBRE EL CUAL SE HACE LA
RETENCION
Detalle
|
Debe
|
Haber
|
5105 GASTOS DE PERSONAL (VALOR TOTAL A PAGAR)
1110 BANCOS (VALOR - RETEFUENTE)
240502 RETENCION EN LA FUENTE
|
XXXXX
|
XXXXX
XXXXX
|
2.
Por servicios: actividad, labor o trabajo prestados por una
persona sin relación de dependencia laboral que genera una contraprestación en
dinero o especie. (ver tabla de porcentajes)
Retenedor:
Detalle
|
Debe
|
Haber
|
5135 GASTO SERVICIO O MANTENIMIENTO
(VALOR TOTAL)
1110 BANCOS (VALOR - RETEFUENTE)
240802 RETENCION EN LA FUENTE
|
XXXXX
|
XXXXX
XXXXX
|
Retenido
Detalle
|
Debe
|
Haber
|
1105 CAJA (VALOR TOTAL A PAGAR)
1355
ANTICIPO DE IMPUESTOS (retefuente)
4235 INGRESOS SERVICIOS (VALOR - RETEFUENTE)
|
XXXXX
|
XXXXX
XXXXX
|
3.
Sobre honorarios y comisiones: se
entiende por honorarios la remuneración al trabajo prestado sin subordinación,
donde predomine el factor intelectual, la creatividad o el ingenio sobre el
trabajo manual o material. (ver tabla de
porcentajes) y por comisiones la retribución que se hace a quien realiza un
negocio o un encargo por cuenta ajena, pero sin vinculo laboral, con la promesa
de pagarle un valor fijo o un porcentaje de la transacción.
Retenedor:
Detalle
|
Debe
|
Haber
|
5110 GASTO HONORARIO (VALOR TOTAL)
1110 BANCOS (VALOR - RETEFUENTE)
240802 RETENCION EN LA FUENTE
|
XXXXX
|
XXXXX
XXXXX
|
Retenido
Detalle
|
Debe
|
Haber
|
1105 CAJA (VALOR TOTAL A PAGAR)
1355
ANTICIPO DE IMPUESTOS (retefuente)
4230 INGRESOS HONORARIO (VALOR - RETEFUENTE)
|
XXXXX
|
XXXXX
XXXXX
|
4.
Por
loterías, rifas, apuestas y similares: la tarifa es del 20% del pago o
bono, siempre que exceda de $130.000
Retenedor
Detalle
|
Debe
|
Haber
|
429543 PREMIOS PAGADOS
1110 BANCOS (VALOR - RETEFUENTE)
240802 RETENCION EN LA FUENTE
|
XXXXX
|
XXXXX
XXXXX
|
Retenido
Detalle
|
Debe
|
Haber
|
1105 CAJA
1355
ANTICIPO DE IMPUESTOS (retefuente)
4295 INGRESOS DIVERSOS
|
XXXXX
XXXXX
|
XXXXX
|
5.
Por arrendamientos: las personas
jurídicas o sociedades de hecho, cualquiera que se a su naturaleza, deben
efectuar retención en la fuente cuando realicen pagos o abonen en cuenta por
concepto de arrendamiento de bienes
muebles (vehículos y maquinaria) o inmuebles (apartamentos, casa, lotes,
edificios, oficinas), sea directamente o por intermediario. (ver tabla de
porcentajes)
Retenedor
Detalle
|
Debe
|
Haber
|
5120 GASTOS ARRENDAMIENTOS
1110 BANCOS (VALOR - RETEFUENTE)
240802 RETENCION EN LA FUENTE
|
XXXXX
|
XXXXX
XXXXX
|
Retenido
Detalle
|
Debe
|
Haber
|
1105 CAJA
1355
ANTICIPO DE IMPUESTOS (retefuente)
4220 INGRESOS ARRENDAMIENTOS
|
XXXXX
XXXXX
|
XXXXX
|
6.
Por compras o ventas: la retención se
efectúa sobre el valor de la mercancía, sin incluir el IVA las tarifas son del
0.1% para combustibles y de 3% en compras superiores de $170.000
Formula:
valor de la mercancía X retefuente
Valor de la mercancía X IVA
Valor a pagar = (valor mercancía + IVA) - retefuente
Retenedor :
Detalle
|
Debe
|
Haber
|
6205 COMPRA DE MERCANCÍAS
240801 IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS POR PAGAR
1110 BANCOS
240802RETENCION EN LA FUENTE
|
900.000
144.444
|
1´017.000
27.000
|
Retenido :
Detalle
|
Debe
|
Haber
|
1105 CAJA
1355
ANTICIPO DE IMPUESTOS (retefuente)
4135 COMERCIO AL POR MAYOR Y MENOR
240801 IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS POR PAGAR
|
1´017.000
27.000
|
900.000
144.444
|
DETERMINACIÓN Y PAGO DE LA RETEFUENTE
La
declaración de la retención en la fuente
se debe presentar y pagar cada mes. La
declaración se presentara en el formulario que para tal efecto señale la
Dirección General de Impuestos Nacionales.
de lo contrario incurrirá en una sanción monetaria establecida por el
gobierno.
Agente
retenedor:
Detalle
|
Debe
|
Haber
|
240802RETENCION EN LA FUENTE
BANCOS
|
XXXXX
|
XXXXX
|
SE
REALIZA LA SUMA DE TODAS LAS RETENCONES EJECUTADAS POR DIFERENTES CONCEPTO EN
EL MES ANTERIOR.
TALLER
Liquide
el IVA, la retención en la fuente y elabore los asientos correspondientes a
las transacciones comerciales realizadas
por el Almacén de Modas S.A.
1.
Compra a Ropa Sport Ltda., mercancías
al contado por $123.980; IVA 16%
2.
Paga salarios a un trabajador por un
mes por $1´450.720
3.
Gana el premio de una rifa por valor de
$200.000
4.
Paga comisiones, sin vinculo laboral
por valor de $89.000
5.
Paga honorarios a personal médico por
$850.000
6.
Paga la suma de $480.000, a la Junta
Administradora del edificio El Sol, por concepto de parqueaderos del mes de
anterior; IVA 16%
7.
Paga servicios a un plomero por $68.000
8.
Compra papelería par uso de la empresa
por valor de $150.800; IVA 16%
9.
Vende mercancías al contado a
Cacharrera América S.A. por valor de $389.450; IVA 16%
10. Compra
mercancías a crédito por valor de $389.540; IVA 16%
TABAJO EXTRACLASE
-
Liquide y realice el asiento contable para el pago de
la retención en la fuente
EVALUACION
Se
hará escrita
BIBLIOGRAFIA
CONTABILIDAD
2.000, ED. Mc Graw Hill
CONTABILIDAD
UNIVERSAL GUDIÑO Y CORAL
CONTABILDAD
COMERCIAL
Num.
|
Conceptos
|
A partir de pesos
|
Tarifas
|
1
|
Ingresos originados en una relación laboral o legal y
reglamentaria
|
2,257,001
|
Vease tabla del art.383 del ET
|
2
|
Rendimientos
financieros en general
|
1
|
7%
|
3
|
Honorarios y
Comisiones (cuando el beneficiario del pago sea una persona jurídica o
asimilada)
|
1
|
11%
|
4
|
Honorarios y
Comisiones cuando el beneficiario del pago sea una persona natural
|
1
|
10%
|
5
|
Contratos de
consultoría y administración delegada (cuando el beneficiario sea una persona jurídica o asimilada )
|
1
|
11%
|
6
|
Contratos de
consultoría y administración delegada por obras públicas, en donde el
contratante es la Nación, los departamentos, los municipios, el Distrito
Capital de Bogotá, los establecimientos públicos, las empresas industriales,
y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta en las que el
Estado posea el 90%, y el constratista
sea una persona jurídica o natural declarante de renta
|
1
|
6%
|
7
|
Contratos de
consultoría y administración delegada por obras públicas, en donde el
contratante es la Nación, los departamentos, los municipios, el Distrito
Capital de Bogotá, los establecimientos públicos, las empresas industriales,
y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta en las que el
Estado posea el 90%, y el contratista sea una persona natural no declarante
de renta
|
1
|
10%
|
8
|
Contratos de
administración delegada (Si el beneficiario del pago es una persona natural, en ese caso
se aplican los mismos criterios que antes citamos cuando el pago es
por “honorarios y comisiones”; ver el numeral 4 más arriba)
|
1
|
10%
|
9
|
Servicios en
general personas jurídicas y a las naturales declarantes de renta
|
95,000
|
4%
|
10
|
Servicios en
general
|
95,000
|
6%
|
11
|
Servicios de
transporte nacional de carga (terrestre, aéreo o marítimo)
|
95,000
|
1%
|
12
|
Servicios de
Transporte nacional de pasajeros (terrestre)
|
642,000
|
3.5%
|
13
|
Servicio de
transporte nacional de pasajeros (aéreo y marítimo)
|
95,000
|
1%
|
14
|
Servicios
prestados por Empresas Temporales de Empleo
|
95,000
|
1%
|
15
|
Servicios de
vigilancia y aseo prestados por empresas de vigilancia y aseo
|
95,000
|
2%
|
16
|
Los servicios
integrales de salud que involucran servicios calificados y no calificados,
prestados a un usuario por instituciones prestadoras de salud IPS, que
comprenden hospitalización, radiología, medicamentos, exámenes y análisis de
laboratorios clínicos
|
95,000
|
2%
|
17
|
Arrendamiento de
Bienes Muebles
|
1
|
4%
|
18
|
Arrendamiento de
Bienes Raíces
|
642,000
|
3.5%
|
19
|
Loterías, Rifas,
Apuestas y similares
|
1,141,000
|
20%
|
20
|
Servicio de
Hoteles , Restaurantes y Hospedajes
|
95,000
|
3.5%
|
21
|
Enajenación de
activos fijos por parte de una persona natural
|
1
|
1%
|
22
|
Contratos de
construcción, urbanización y en general confección de obra material de bien
inmueble
|
642,000
|
1%
|
23
|
Compras y otros
ingresos tributarios en general
|
642,000
|
3.5%
|
24
|
Compra de bienes y
productos Agrícolas o Pecuarios sin procesamiento industrial
|
2,186,000
|
1.5%
|
25
|
Compra de Café
Pergamino o cereza
|
3,802,000
|
0.5%
|
26
|
Compra de
Combustibles derivados del petróleo
|
1
|
0.1%
|
27
|
Pagos a
establecimientos comerciales que aceptan como medio de pago las tarjetas
débito o crédito
|
1
|
1.5%
|
28
|
Por emolumentos
eclesiásticos efectuados a personas naturales que sean "declarantes de
renta"
|
642,000
|
4%
|
29
|
Por emolumentos
eclesiásticos efectuados a personas naturales
que no sean declarantes de renta
|
642,000
|
3.5%
|
30
|
Sobre dividendos
gravables
|
1
|
20%, ó 33% según el tipo de socio de que se trate
|
gracias de gran ayuda
ResponderEliminarMuy bueno el material. Gracias
ResponderEliminarHasta donde tengo entendido la retención cuando yo la hago va a la 2365
ResponderEliminarGracias
muy interesante el tema
ResponderEliminarmuy interesante el tema
ResponderEliminarMUY BUENO EL EJERCICIO Y TODO PERO... Y LA SOLUCION?
ResponderEliminarmas o menos no me ayudo mucho pero buenoo bueno.
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